Seguro Ambiental: Propuesta Sanjuanina
16-12-2009
La Secretaría de Minería de San Juan están buscando la forma de aplicar el Seguro Ambiental legislado por el art. 22 de la Ley General del Ambiente, de 2002, norma que cinco años después reguló la Secretaría de Medio Ambiente nacional.La opción de contar con un fondo de compensación ambiental combinado con un seguro fue lanzada en las “I Jornadas Regionales sobre Instrumentos Económicos de Gestión Ambiental” realizadas en la capital sanjuanina a comienzos de diciembre.
“La alternativa que estudia la Secretaría de Minería pretende llegar al Poder Legislativo y ser una mediana solución para todos”, explicó Sylvia Gimbernat, asesora de la Secretaría de Minería de San Juan. El objetivo es implementar los fondos y combinarlo con los seguros. “Estamos en un análisis profundo del régimen sancionatorio que es la fiscalidad ambiental, hacerlo efectivo. Hay que analizar el riesgo, el que menos aporte es porque hay menos riesgo de la empresa que se está instalando, si hay más aporte es porque hay más riesgo”.
Gimbernat adelantó que se busca que el análisis de riesgo sea incorporado en los Informes de Impacto Ambiental y en la Evaluación Ambiental del proyecto minero.
El fondo de compensación ambiental se nutriría con aportes de origen judicial (sentencia por daño ambiental colectivo) y legislativo, de naturaleza presupuestaria. “El ejecutor sería el Poder Ejecutivo provincial, en una cobertura más amplia que un seguro; y contemplaría a la contaminación crónica en el pasado o problemas de contaminación a la infracción de una ley. No prevé un monto límite de responsabilidad, sino será de acuerdo a la disponibilidad de dinero que se tenga. No habrá incertidumbre para nadie y así no se desalientan las inversiones”, precisó.
Leonardo De Benedictis, abogado en derecho ambiental y miembro del Consejo Empresario Argentino para el Desarrollo Sostenible (CEADS), ve con buenos ojos imitar a Europa y que la reparación del daño sea cubierta en una parte por el seguro “porque no se puede pedir un seguro ilimitado, y lo que supera esa cifra lo cubra un fondo”, expresó. Vendría a ser lo mismo que postula la Secretaría de Minería de San Juan, con la salvedad de que De Benedictis propone al mismo tiempo modificar el artículo 22 (porque el seguro ilimitado nunca va a existir), 27 (definiendo mejor el daño) y 28 (dando más flexibilidad al criterio de reparación) de la Ley General del Ambiente.
Por su parte, Rossana Bril, abogada experta en Seguros y en Derecho Ambiental, expresó que “desde el punto de vista de las compañías de seguros, las exigencias de la ley son un poco difíciles de cumplir si seguimos exactamente el texto; en el ámbito internacional no hay prácticamente cobertura de seguros ambientales por los daños de incidencia colectiva”.
“Recomponer el daño tiene un aspecto tan amplio que podría ser ilimitado, por eso genera bastante inseguridad para quien asume ese riesgo, que es la compañía. Las compañías de seguro tienen por objeto, y por ley, pagar dinero por indemnizaciones, no pueden financiar y esto fue el primer escollo donde se sientan las compañías”, añadió
Bril propuso que se delimite la responsabilidad del autor del daño y se establezca la obligación de indemnizar y no de volver las cosas al estado anterior, es decir, recomponer. Y que, bajo el concepto de franquicia que rige en la ley de seguros, una parte del daño la pague el asegurado.
http://www.miningclub.com.ar/
No hay comentarios:
Publicar un comentario